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Archive for the ‘Fueros vascos’ Category

«Reinterpretar la Constitución no se ha visto ni en los populismos de América» (Isabel Díaz Ayuso, ABC, 3 de septiembre de 2023). Es la manera cómo la dirigente del PP rechaza tajantemente lo sustancial de una proposición política reciente del lehendakari del Gobierno vasco. Y es la manera cómo, entrando en los contenidos, han rechazado y rechazan igualmente los dirigentes del otro partido estatal mayoritario.

Sin conocer los detalles de dicha propuesta, hace ahora poco más de un mes proponía como elemento básico en las negociaciones actuales para formar gobierno la reforma del Tribunal Constitucional, en su composición y atribuciones.

Mucho antes, 30 años atrás, el año 1993, en mi libro La política de otra manera defendía lo siguiente:

«El País Vasco perdió con su régimen peculiar, el derecho a darse sus formas de autogobierno; y este derecho, en sus varias manifestaciones, que hoy debe expresarse en lenguaje moderno, de acuerdo con su voluntad mayoritaria, mantiene su vigencia…; una cuestión previa es la legitimación social y política de la Constitución, que el poder establecido tiende a silenciar, pero que está impidiendo la normalización de Euskadi. Hoy por hoy, el Gobierno central determina las principales decisiones, entre las que destacan de manera ostensible las resoluciones del Tribunal de Constitucional, «máximo intérprete de la Constitución», no solo las económicas y sociales, y no se vislumbran signos externos de modificación de esta circunstancia…».

Y uno de los elementos de falta de legitimación, era y es el que se deriva de los datos inequívocos en los distintos momentos de la reforma política de camino a la democracia. Veamos:

  • Referéndum de la Reforma política de 15 de diciembre de 1976:
  • votantes en el Estado Español: 76%
  • votantes en el País Vasco: 54%,
  • Referéndum de la Constitución, de 6 de diciembre de 1978:
  • Votantes en el Estado: 67,11%
  • votantes en el País Vasco: 32,89%,

Datos altamente significativos. Pero aún es más. El censo total de la Comunidad Autónoma del País Vasco era en 1978 de 1.552.737 personas; de ellas, votaron a favor de la Constitución, 479.205, lo que supone un 29% del total del censo.

Uno de los actores políticos del mundo nacionalista de la transición 1975-1980, Mitxel Unzueta, me comentaba hace unos pocos años, que al terminar de elaborar el Estatuto de Gernika, dijo a sus interlocutores del poder central:

«Bien, esto será un instrumento válido para los próximos 8 o 10 años. Pero después necesitaremos alguna otra cosa, un salto cualitativo para seguir adelante».

Han pasado más de 40 años, y ¿qué se ha hecho?

Muy poco. Y de lo que se ha hecho, la mayor parte de lo hecho por parte de las autoridades del Estado ha sido la limitación de los derechos históricos originarios, que, a pesar de que está escrito que «la Constitución ampara y respeta«, la realidad ha sido que el Tribunal Constitucional ha ido delimitando, poniendo límites, adoptando una interpretación unilateral de dichos derechos originarios.

En el libro La política de otra manera, de 1993, decía que:

«Esta Disposición Adicional, bien aclarándola, ampliándola o interpretándola, encierra mucho del posible milagro en la solución del problema vasco».

Y seguidamente daba mi versión de cómo se debería interpretar:

«Bastaría para ello que la mayoría vasca precisara el concepto derechos históricos, y estos fueran respetados por el Estado«.

Pretensión que ha resultado imposible con las funciones y forma de elección actuales del Tribunal Constitucional.

El 13 de julio de 1989, propuse públicamente la necesidad de crear un espacio económico y social vascos.

Posteriormente, el año 1996, las Juntas Generales de Bizkaia, por una iniciativa de nuestro grupo aprobaron la creación de un espacio económico y social vascos.

Esta trayectoria política personal me autoriza ahora a plantear de nuevo, tanto a EAJ-PNV como a EH-BILDU que, conjuntamente, defiendan como elemento fundamental en las actuales negociaciones la reforma del Tribunal Constitucional, tanto en su composición como en sus funciones, de tal manera que no quepa interpretar nuestros «derechos históricos» de manera unilateral por dicho Tribunal.

Para ello es imprescindible, reitero, que aborden de manera coordinada y conjunta la negociación. ¿Lo harán? También sería provechoso que coordinaran más y mejor con los representantes políticos de las otras nacionalidades históricas. Me refiero a ERC, CUP, Junts y BNG especialmente…

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Acabo de asistir a un curso de verano en Astorga, organizado por la Universidad de León, sobre «La escritura visigótica en los reinos hispánicos occidentales. Año V: los documentos (siglos XI-XII)». Durante una de las conferencias, Gregoria Cavero Domínguez, catedrática de Historia Medieval de dicha Universidad y vicepresidenta de la Sociedad Española de Estudios Medievales (SEEM), nos presentó un mapa de las ciudades del norte peninsular en los siglos XII y XIII en el que no figuraba ni una sola vizcaína.

Intervine en ese momento sorprendido ante lo que veíamos reflejado en el mapa, dado que en los siglos XII y XIII el señor de Bizkaia ya había fundado las villas de Bermeo (1236), Plentzia (1236-1299), Lanestosa (1287), o Balmaseda, fundada por el señor de Bortedo, y Orduña, que figura como tal en el siglo IX. El hecho de que fuera el señor de Bizkaia quien fundara las villas vizcaínas y no ningún conde ni rey de León, Asturias, Castilla (como fue el caso de Alfonso VIII para las villas de Gipuzkoa a partir de 1200) o Navarra, supone que en los manuales de Historia medieval ajenos a nuestra tierra no conste nada o pocos datos o referencias a Bizkaia.

De hecho, lo que hoy llamamos «Bizkaia», no aparece en los documentos escritos hasta finales del siglo IX, en la Crónica de Alfonso III (866-910), en la que aparece el siguiente párrafo:

«… Alaba namque Bizkai, Alaone et Urdunia á suis incolis reperiuntur semper esse possessae, sicut Pampilona, Degius est atque Berroza…».

Con anterioridad, se documentan tribus o grupos de población como autrigones (zona occidental de Bizkaia, parte de Burgos…), caristios (Bizkaia nuclear o centro del actual territorio, Álava…), várdulos (algo de Bizkaia oriental, Gipuzkoa, Álava-Araba…), vascones (Nafarroa-Navarra, salida al mar por Ondarribia…), que habitaban en territorio del País Vasco o Euskal Herria, algunos en parte del territorio que hoy se define como «Bizkaia», sin que sepamos fehacientemente los límites geográficos concretos de cada una de esas tribus.

A partir del siglo V, no aparecen en los documentos las referencias a autrigones, caristios y várdulos, sin que sepamos qué fue de ellos hasta que en el siglo IX se documenta por primera vez el nombre de «Bizkai» tal y como figura en la frase citada, aunque se desconoce el territorio exacto al que se refería…

La escasez de documentación relativa a nuestra Bizkaia es alarmante, lo que impide que podamos relatar la auténtica Historia de nuestro territorio…

Ante mi crítica al mapa que se nos estaba ofreciendo en el curso, la profesora se dirigió a mí y me inquirió:

  • ¿Y cuáles eran los monasterios vizcaínos?
  • «Ninguno», tuve que responder.

Bizkaia pertenecía principalmente a la diócesis de Calahorra, aunque la parte occidental estaba sujeta a Valpuesta, Gipuzkoa, a Pamplona… ¿Y monasterios? Ninguno…

He aquí una de las causas más decisivas del poco conocimiento de nuestra Historia. En los monasterios habitaban los presbíteros, clérigos, monjes y abades que, junto con los obispos y la incipiente estructura eclesiástica, eran los detentadores de la cultura escrita, principalmente en latín, y eran los que escribían en pergaminos los decretos o privilegios (reales y condales), las compraventas, donaciones y permutas… que hoy son los documentos que, una vez revisados críticamente para justificar su autenticidad, han servido de base fundamental para la reconstrucción de la Historia del norte peninsular, especialmente la medieval, a partir de las épocas tardoantigua, cristiana, visigótica, musulmana…

Ese mismo día por la tarde, estuvimos en el impresionante Archivo de la Catedral de León, acompañados de los profesores José Antonio Fernández Flórez, Marta Herrero y Encarnación Martín, que nos mostraron documentos originales de los siglos VIII, IX, X, XI… explicándonos el valor de tal documentación para conocer la Historia…, documentación proveniente en su inmensa mayoría de los numerosos monasterios que se crearon en los siglos posteriores al proceso de cristianización: en León, Braga, Astorga, Oviedo, Sahagún… etc., etc.

¿Y dónde están los documentos vizcaínos de esos tiempos?

Lamentablemente tenemos que dar la razón a la profesora Cavero cuando cuestionaba:

¿y dónde están los monasterios vizcaínos?

Llevo varios años dedicado a la Historia de Bizkaia en el contexto del País Vasco, Euskal Herria, y he presentado y defendido dos extensas tesis doctorales en las Universidades de Valladolid (2017) y Oviedo (2023), Bizkaia en la Edad Media: origen y naturaleza jurídico-constitucional de los derechos históricos, y Las iglesias de patrimonio privado en la Edad Media en Bizkaia: conflictos entre los poderes civil y eclesiástico, porque quiero continuar la labor que en su día dedicaron Labayru, Novia Salcedo, Sagarminaga, Lerín, Marichalar y Manrique, Mañaricua, Manterola, y muchos otros, al estudio de nuestra Historia más cercana, la de Bizkaia, la del País Vasco, depurando mitos y leyendas, tratando en todo momento de encontrar nuevas informaciones que nos permitan conocer un poco más nuestro pasado y aportar con rigor nuevos datos, nuevos puntos de vista…

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El principal objetivo de esta tesis doctoral es examinar la génesis y desarrollo de las estructuras eclesiásticas en Bizkaia en la Edad Media, en especial, el sistema histórico-jurídico de las iglesias propias en el siglo XI y las causas por las que se produjo una intensa conflictividad entre los señores y magnates vizcaínos por su control a lo largo de varios siglos.

Para alcanzar esa meta, la tesis comienza con un profundo y amplio análisis de las investigaciones que nos han precedido, así como un minucioso estudio no solo de la documentación medieval escrita (en pergamino, papel o epigráfica) relacionada con la temática de la tesis, sino también de la elaborada por los historiadores de época moderna, que tuvieron acceso a algunos documentos que han desaparecido. Igualmente, se han utilizado fuentes de información arqueológica en aquellos apartados de la investigación para los que no existe información escrita.

Gracias a esta metodología, esta tesis aporta una nueva visión sobre el proceso de cristianización del territorio de Bizkaia y la formación de las primeras estructuras eclesiásticas a partir del siglo XI, que, en el caso vizcaíno, se centró en el papel de los poderes laicos para la erección de las iglesias propias, la conflictividad con la diócesis de Calahorra y los conflictos entre los propios señores laicos por el control de las estructuras eclesiásticas —fuentes seguras de rentas y de poder—  y, al mismo tiempo, de estos con las villas, en un largo proceso que no se cerró hasta principios del siglo XVII.

En el siglo XII, el señorío de Bizkaia que se reunía en las Juntas Generales de Gernika, se extendía desde el valle del Deba (incluía a territorios como Placencia de las Armas/Soraluze, Bergara, Elgoibar, Eibar, etc.,) al valle del Nervión, mientras que las Encartaciones y el Duranguesado tenían sus propias instituciones (Juntas en Abellaneda y Gerediaga, respectivamente), hasta la abolición foral de 1876.

Tras la recuperación y unificación en unas únicas Juntas Generales de Bizkaia en 1979, estas han institucionalizado los tres lugares, Gernika, Abellaneda y Gerediaga, como los espacios históricos y sedes parlamentarias de dicha institución.

En la foto, la sede actual reformada de las Juntas de Gerediaga. Las reuniones las presidía, desde la piedra central que se ve a la izquierda en la fotografía, el merino o teniente corregidor, que representaba al señor de Bizkaia. Los doce fieles o mandatarios se situaban en círculo, a su alrededor, sentados cada uno en la piedra que representaba a su anteiglesia, como se aprecia en la foto.

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Bizkaia en la Edad Media, obra publicada por Ediciones Beta, está dividida en dos tomos:

Plantea una comparación entre las tesis del canónigo Juan Antonio Llorente (Rincón de Soto, 1756, Madrid, 1823) desarrolladas en sus Noticias históricas de las tres Provincias Vascongadas (1806-1808),  y las respuestas del consultor perpetuo de la Diputación Foral de Bizkaia, Francisco de Aranguren y Sobrado (Barakaldo, 1754, Madrid, 1808) y el  benedictino fray Domingo de Lerín y Clavijo (Cádiz, 1748, San Millán de la Cogolla, 1808), en relación con la historia de Bizkaia y el origen y naturaleza jurídico-constitucional de sus derechos históricos e instituciones forales. La obra de Llorente fue ampliamente difundida y protegida por los poderes públicos, mientras que la censura oficial impidió que la obra de Aranguren se publicara de manera completa hasta el año 1994; por su parte, Lerín ha sido un perfecto desconocido hasta que el año 2015 las Juntas Generales de Bizkaia publicaron Obras de fray Domingo de Lerín y Clavijo, con edición y estudio introductorio mío.

I

Bizkaia en la Edad Media es la consecuencia de la investigación que inicié hace algunos años cuando traté de localizar un libro de Llorente, que se decía había sido editado en Francia, en el que, hipotéticamente, se retractaba de sus opiniones recogidas en su obra Noticias históricas. Una segunda versión de los hechos, mantenida por diversos historiadores y autoridades vizcaínas, sostenía que Llorente, con posterioridad a la publicación de dicha obra, se había ofrecido al señorío de Bizkaia para, previo pago, redactar un nuevo libro de retractación de sus Noticias históricas.

A lo largo de estos años no he localizado el supuesto libro de retractación ni he podido acreditar que hiciera un ofrecimiento expreso para desautorizarse a sí mismo. Sin embargo, fruto de las innumerables pesquisas y averiguaciones tras las pistas de las dos líneas de investigación citadas en torno a la obra de Llorente, tuve conocimiento casual de la existencia de unos manuscritos del depositados en el monasterio de San Millán. Con el material, el año 2015 se editó el libro, Obras de fray Domingo de Lerín y Clavijo antes mencionado.

Por otra parte, el año 1994, el servicio editorial de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, publicó la obra de Francisco de Aranguren y Sobrado (Barakaldo, 1754, Madrid, 1808), Demostración de las autoridades de que se vale el doctor don Juan Antonio Llorente, edición de los profesores Portillo y Viejo, que incluye la obra completa de Aranguren, generando una ocasión propicia para comparar y cotejar las versiones de los tres escritores coetáneos.

Los trances centrales de la polémica tuvieron lugar entre los años 1806 y 1808. Desde las fechas en las que tanto Aranguren como Lerín conocieron los textos de Llorente (1806-1807) hasta que redactaron sus trabajos (1807-1808) transcurrió poco más de un año y, además, ambos fallecieron el año 1808 (Aranguren en julio, Lerín en noviembre). Ello les impidió estudiar y replicar con suficiente tiempo y sosiego a Llorente, que había dedicado más de 10 años a construir su tesis.

II

El tomo I del libro es una comparación crítica y sistemática entre la tesis de Llorente y las respuestas de Aranguren y Lerín, en relación con la historia de Bizkaia y el tomo II se centra en el origen y naturaleza jurídico-constitucional de sus derechos históricos.

En el desarrollo del debate se sigue el orden establecido por Llorente: la primera parte versa sobre lo que él llama “estado civil antiguo”, la segunda, “origen de los fueros” y la tercera, “apéndices documentales”. Se inicia con una introducción en la que se presenta el contexto general en el que surge la disputa que protagonizaron los tres historiadores. En un primer capítulo se exponen algunas cuestiones generales sobre la Historia del País Vasco o Euskal Herria en la antigüedad, mientras que el segundo está dedicado a los “papeles de Lerín”. A continuación, en la primera parte se analiza la polémica centrada en el tomo I de la obra de Llorente sobre características de la historia de Bizkaia en la Edad Media. La segunda abarca la cuestión de la historia y naturaleza jurídico-constitucional de los derechos históricos y del régimen foral. Y la tercera se centra en el apéndice documental, la presentación de las conclusiones y el listado de fuentes y bibliografía.

III

A modo de conclusiones, se deben diferenciar dos aspectos: en cuanto a la documentación empleada para la fundamentación de las posiciones de cada uno, se hace un análisis muy pormenorizado de los apéndices documentales aportados por Llorente y se detecta, y acredita, la existencia de interpolaciones y manipulaciones arbitrarias del canónigo en varios textos relevantes, como es el caso del documento de ingenuidad del rey don García de Navarra de 30 de enero de 1051, sobre el que incluso se cuestiona su autenticidad, cuya copia está en el archivo de la catedral de Calahorra o los documentos del arbitraje del rey de Inglaterra entre Castilla y Navarra (1176-1179) entre otros muchos.

Las posiciones son difícilmente reconciliables. Llorente defiende que las Provincias Vascongadas siempre estuvieron sujetas a los reyes de Asturias, León, Castilla o Navarra y, por tanto sus fueros y cuantas prerrogativas gozaron los vascongados eran consecuencia de gracias y mercedes hechas por los reyes, mientras que Aranguren y Lerín sostienen todo lo contrario, esto es, los señores eran soberanos de Bizkaia, calificado por los historiadores clásicos como territorio aparte, y desempeñaban al mismo tiempo el papel de vasallos de los reyes en territorios de fuera de Bizkaia por las tenencias, encomendaciones o mandaciones.

Por lo que respeta al ordenamiento jurídico, Llorente niega la singularidad de Bizkaia y la existencia de pactos entre los vizcaínos y los señores. Bizkaia nunca tuvo leyes propias, los vizcaínos se gobernaron por las leyes de los romanos, godos, asturianos, leoneses, castellanos y navarros, sucesivamente, y se pagaban pechos y tributos como en Castilla. Para Aranguren, los vizcaínos siempre tuvieron leyes propias, bien un ordenamiento jurídico no formulado basado en usos y costumbres, bien ordenamientos escritos (cartas de fundación de las villas otorgadas por los señores, no por los reyes, el cuaderno de Juan Núñez de 1342, la Hermandad de Gonzalo Moro de 1394 y el Fuero Viejo de 1452 y el Fuero de 1526). Los vizcaínos eran todos hijosdalgo y dispusieron de tribunal propio y exclusivo para resolver las cuestiones de vizcainías (Sala de Vizcaya de la Real Chancillería de Valladolid); eran libres y exentos, quitos y franqueados de todo pedido, servicio, moneda y alcabala. Lerín defiende que el señorío de Bizkaia fue estado soberano e independiente y su jefe o señor ejercía todas las facultades, preeminencias y jurisdicciones en calidad de soberano.

IV

A modo de cierre, se debe tener en cuenta que los acontecimientos a los que se refiere la investigación tienen lugar en época feudal, por lo que resulta de imposible o muy difícil encaje tratar de explicarlos con los valores actuales; de ahí que se plantean dudas interpretativas en cuanto a la legitimidad de las confiscaciones o tomas del poder del territorio de Bizkaia en diversos momento de la Historia: Llorente lo justifica por la soberanía real, mientras que Aranguren y Lerín lo achacan a situaciones de fuerza que no generan ningún derecho.

El hecho de haberse conocido recientemente lo escrito por Lerín (2015) confiere a la obra Bizkaia en la Edad Media un valor adicional y es motivo suficiente para suscitar el interés de otros investigadores, una oportunidad para plantear nuevas aportaciones o nuevos enfoques.

Presentación de la obra en la Feria del Libro de Bilbao

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Para el mantenimiento y desarrollo de la vida social y política de los pueblos que componían Euskal Herria en la antigüedad, y, más en concreto, de Bizkaia, se nos ha hablado de las reuniones de los ancianos o seniores del país a las puertas de las iglesias, reunidos en «juntas» o «batzarrak«, donde se tomaban las decisiones que afectaban al colectivo de manera democrática: el pueblo gobernado por sí mismo,  al modo de una república idealizada, sin necesidad de caudillos, reyes o señores («jaunak«).

Las normas por las que se regía la comunidad eran consuetudinarias, basadas en usos y costumbres ancestrales, esto es, un ordenamiento jurídico no formulado, y en las decisiones que se iban tomando en dichas juntas o batzarrak, que se fueron estableciendo en forma escrita a partir del siglo XIV.

En el caso de Bizkaia, no existe una acreditación documental de la existencia y funcionamiento de las Juntas Generales, hasta bien entrada la Baja Edad Media: en concreto, el levantamiento del juramento de nombramiento de señor al hijo de Diego López de Haro y el reconocimiento de María Díaz de Haro como futura señora, al fallecimiento de don Diego. Esta reunión tuvo lugar el año 1307.

El Fuero Viejo de 1452 apenas hace referencia a la organización y funcionamiento de las Juntas Generales, la principal institución que se supone debería representar la soberanía del territorio.

Desde posiciones  contrapuestas se han ido elaborando unas bases conceptuales para argumentar,  o bien, sobre la absoluta democracia e independencia de dichas instituciones, o para reducirlas a la mínima expresión y subordinarlas a poderes superiores representados por los reyes de Castilla o de Navarra. No es fácil superar estas dos posiciones extremas y, en muchas ocasiones, la falta de documentación ha sido sustituida por voluntarismos, conjeturas y patrañas que pudieran amparar posiciones previamente existentes en las mentes de los respectivos historiadores o juristas.

Pretender esbozar una teoría cerrada de los orígenes de los vascos, sus relaciones con los pueblos vecinos, su mayor o menor dependencia de otras civilizaciones, como la romana, goda, astur-leonesa, castellana, etc., resulta una labor ardua, sujeta a unas limitaciones insoslayables por falta de pruebas históricas irrefutables.

La dificultad es aún mayor en la medida en que el cristianismo llegó con retraso en relación con los pueblos de alrededor y la escasa documentación existente procede de las crónicas, escritas la mayor parte de las veces para el halago y honra de los reyes que las encargaban, fueran astures, astur-leoneses o castellanos. Para disponer de unas mínimas fuentes documentales habrá que esperar a El libro de linajes, escrito por el conde portugués Pedro de Barcelos entre 1323 y 1344 y al vizcaino Lope García de Salazar, quien, un siglo más tarde, escribe la Crónica de Vizcaya (1454) y Las Bienandanzas e fortunas.

La ausencia de documentación es verdaderamente lamentable. En nuestro caso, el nombre o término «Bizcai» aparece por primera vez en la Crónica de Alfonso III, escrita hacia el año 900 y atribuida a Don Sebastián, obispo de Salamanca, con una frase escueta, del siguiente tenor:

«Alabanque, Bizcai, Alaone et Urdunia, a suis incolis reperiuntur semper esse posessae» (Álava, Bizkaia, Alaón y Orduña fueron defendidas por sus habitantes y poseídas simpre por éstos).

Del escasísimo volumen de fuentes conservadas en el período entre 1050 y comienzos del siglo XIV nos da cuenta la obra «Bizkaya en la Edad Media«, obra colectiva de José Ángel García de Cortazar, Beatriz Arizaga Bolumburu, María Luz Ríos Rodríguez e Isabel del Val Valvivieso, Haranburu Editor, San Sebastián, 1985: sesenta testimonios escritos (30 relativos a actos de enajenación de propiedades inmuebles, 10 noticias de actividades cronísticas de Señores en relación con el Señorío, 10 documentos concernientes a las primeras villas y un cortísimo grupo de documentos variados.

Hay quien sospecha de la quema o desaparición intencionada de los archivos de documentos medievales, vizcaínos y vascos en general, que hubieran podido acreditar, por ejemplo, actuaciones jurisdiccionales de los señores en sus territorios, decisiones soberanas de las juntas en relación la  aprobación de normas o el nombramiento señores, etc.. Y, sobre todo, que sirvieran para clarificar el papel de los señores de Bizkaia, en su doble rol:

por una parte, vasallos de los reyes (de Castilla o de Navarra) en los territorios que disponían por mandaciones o encomendaciones de fuera de Bizkaia, y

por otra, detentadores de poder soberano, exclusivo, independiente, en Bizkaia.

Afortunadamente, en los últimos tiempos se han aparecido una profusión de estudios e investigaciones sobre nuestra historia, con nuevas aportaciones, a los que me referiré en un posterior trabajo.

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I

Pretendo hacer un análisis de la evolución de las tribus denominadas por los romanos autrigonas, caristias y várdulas (en la actualidad el territorio aproximado de las Provincias Vascongadas o País Vasco occidental) en relación con las tribus vasconas (en la actualidad, Navarra), a lo largo de la época goda, tras la caída del imperio romano occidental (siglos V al VIII), con especial énfasis en el examen del hipotético «celtismo» de Vascongadas o de parte de ellas, y de la también hipotética “vasconización tardía” de las tribus vascongadas por parte de Vasconia.

Las denominaciones empleadas para las tribus autrigonas, caristias y várdulas desaparecen de los textos escritos a partir de los godos, y solo aparece documentado el término “vascones”. De ahí surgen una serie de dudas: ¿colonizaron los vascones al resto de tribus vascas occidentales, esto es, a los autrigones, caristios y várdulos? ¿transmitieron los vascones, junto con su desplazamiento y asentamiento, el vascuence o euskera? ¿qué territorio abarcaba el término “Vasconia”? ¿existió un proyecto político-social común denominado Vasconia? ¿cuál fue la relación entre Vasconia, Aquitania y las tribus vascongadas citadas?

No hay unanimidad de criterio en el origen y delimitación del término Vasconia, ni en los límites geográficos del territorio, ni quiénes eran los vascones. Se especula sobre sus orígenes, vínculos étnicos, culturales y lingüísticos con los pueblos vecinos, en concreto con várdulos, caristios y autrigones, con versiones muy diferentes.

De ahí que interese analizar la hipotética colonización por parte de los vascones. Es decir, si los vascones se expandieron hacia el norte y noroeste e hicieron desaparecer a las otras tribus, de este a oeste, várdulos, caristios y autrigones (asentadas aproximadamente donde hoy se sitúan Gipuzkoa, Álava y Bizkaia), lo que defienden algunos historiadores; o si, por el contrario, cada una de las tribus se mantuvo en su originaria zona de asentamiento, con mínimos desplazamientos, pero sin que se produjera la conquista del resto de pueblos o tribus por los vascones.

II

Oihenart cree que “el linaje de estos tres pueblos (autrigones, caristios y várdulos), había desaparecido, al igual que su nombre, en su mayor parte, y que su país había sido ocupado, desde la época de los godos, por algún pueblo fuerte y aguerrido”, que no duda en identificarlo con el pueblo vascón, que “hacían frecuentes excursiones por las regiones vecinas, ya por odio a los godos, ya con el intento de dilatar sus fronteras”. A esta apreciación añade otros argumentos, “no débiles”, como la semejanza en el nombre, las costumbres o el uso de la misma lengua[1].

Schulten propone la tesis del incremento sucesivo del territorio de los vascones, mediante avances al norte y noroeste y sucesivas conquistas[2]. Según él, las primeras noticias sobre los vascones provienen de la guerra sertoriana, en los años 77 y 74. Entonces la región de los vascones empezaba en el sur, cerca de Calagurris (Calahorra) y en el norte confinaba con la de los berones; los vascones ocupaban el territorio del valle del Ebro superior, entre Calahorra y Logroño, pero se extendían también a través de las montañas hasta el océano, donde Oiasso (Pasajes) es su puerto. Y concluye:

evidentemente, el valle superior del Ebro es su residencia primitiva, mientras que la extensión hasta el océano es el resultado de conquistas ulteriores[3].

A su juicio, alrededor del año 580 d. C., los vascones se hallan en posesión de Álava (con Victoriacum, fundado por Leovigildo), y “probablemente” también de Bizkaia y de Gipuzkoa[4]. Desde su sede principal en el Ebro, se extendieron, conquistando, poco a poco, no tan solo la montaña de Navarra y la salida al mar, sino incluso el territorio de los várdulos, caristios y autrigones[5] (entre los años 150 y 580 de nuestra era), y haciendo incursiones en Aquitania en 587, llegaron hasta el Garona y dieron su nombre a la Gascuña (Vasconia-Guasconia).

Sánchez-Albornoz, se inclina a unirse a “tales ilustres autores” por diversas razones y afirma categóricamente que “los vascones vasconizan la depresión vasca[6]. Sostiene que el mismo nombre de vascones, “parece haberles sido impuesto por los celtas y significa los orgullosos o los de las alturas, según uno de los filólogos españoles más acreditados de la hora de hoy”[7].

Es categórico cuando sostiene que, aunque se ignora la estirpe de los pueblos que ocupaban la depresión vasca (várdulos, caristios y autrigones), “solo sabemos que no eran vascones[8], argumentando que los diferencian de ellos los geógrafos, la arqueología y la historia. Llega a sustentar que “no hablaban la misma lengua”, lo que “se deduce de los nombres de sus ciudades”, y continúa:

“La diversificación dialectal del vasco en tal comarca y los extraños parentescos entre dialectos del mismo usados en ella en zonas geográficamente alejadas acreditan su condición de lengua importada en el país ¿Serían (los várdulos, caristios y autrigones) rama desprendida del tronco cantábrico primitivo? Es probable, pero es seguro que a ese sustrato primitivo se unieron inmigrantes llegados al país en fecha remota. Várdulos aparecen en Iliria y en los Balcanes, caristios en la Liguria y en Grecia, y nadie duda del celtismo de los autrigones[9].

En conclusión, sostiene que:

“los vascones se lanzaron a la conquista de la depresión vasca hacia el siglo V”, especulando con la posibilidad de que pudieron desplazarse hacia la depresión vasca “cuando los visigodos comenzaron a cruzar los Pirineos como conquistadores entrando por Pamplona, a partir de los días de Eurico (468-484)[10], subrayando que “… sobran datos geográficos, toponímicos, lingüísticos, sociales de esa entrada y de la colonización de la Euzkadi de hoy por los vascones…”[11].

La misma tesis sostienen Gómez Moreno y otros.

Bosch Gimpera discrepa de Sánchez-Albornoz y Schulten. A su juicio, la confusión proviene de que, en los autores antiguos, al describir una zona, lo hacían de modo incompleto por la escasez de datos, por lo que era práctica habitual que tendieran a generalizar, convirtiendo en genérico el nombre de los pueblos más importantes: en concreto, a los vascones se les consideraba como los principales del “grupo vasco” y su territorio era mayor que el de autrigones, caristios y várdulos. Plinio llamó várdulos a todos los habitantes del litoral vasco sin diferenciar las regiones y la diversidad de gentes, sin duda porque los várdulos fueron entonces los más distinguidos de los mareantes o gentes atrevidas que brillaron por su espíritu inquieto y audaz.

A juicio de Bosch Gimpera, esta ambigüedad en la designación de los pueblos ha inducido a algunos a excluir a los autrigones del grupo vasco para unirlos a los cántabros y a otros a propugnar la teoría de la colonización de los territorios del norte y noroeste por los vascones.

Lo que Bosch Gimpera admite es que sea fácilmente concebible que los vascones, desde su territorio originario, pudiesen avanzar o retroceder en el Ebro o caer sobre la llanura de Aquitania (de lo que da testimonio Gregorio de Tours), pero “una conquista de los valles vascos parece inverosímil y el solo silencio de las fuentes respecto al nombre de los demás pueblos vascos es insuficiente para comprobarla”[12].

También Caro Baroja niega tal desplazamiento hacia el noroeste, hacia el solar de várdulos, caristios y autrigones[13]. Mañaricua[14] atribuye el equívoco a la frase de la Crónica de Alfonso III en la que se dice “las Bardulias que ahora se llaman Castilla”[15] y concluye que “no tenemos un solo texto que pruebe el corrimiento de los vascones hacia occidente”[16].

En una línea equivalente, García de Cortázar sostiene que si bien pudiera dar la impresión de que los vascones se hubieran desplazado hacia el oeste, considera más probable que, aunque no se sepa cuáles fueron las verdaderas razones, “tal vez lo que se desplazara no fuera el pueblo sino el nombre de vascón” con el que desde la crisis del imperio romano hasta el siglo IX “se va a conocer indistintamente las tierras ocupadas por vascones, várdulos y caristios, tal vez, contempladas en la unidad que les daba un mismo idioma”[17]. Esta tesis de García de Cortázar demostraría la existencia de un fuerte vínculo entre las distintas tribus vascas al participar de un mismo idioma y formar todas ellas parte de lo que se puede denominar Euskal Herria.

Son de la misma opinión Barbero y Vigil, para quienes “pudo suceder que entonces se llamara vascones indistintamente a los que hablaban vasco”, es decir, también a los várdulos y caristios y parte de los autrigones, con lo que no se habría producido el corrimiento de los vascones hacia Gipuzkoa y Bizkaia, como pretendía Schulten y lo asentía Sánchez-Albornoz, sino que se trataría de la “extensión de un nombre étnico a un área geográfica mayor”, siendo los vascones los que hablaban la lengua indígena, el euskera en sus diversos dialectos[18].

A juicio de Besga Marroquín, “no hay ningún dato que avale la supuesta vasconización de las Vascongadas”, aunque reconoce que el peso de la teoría “ha sido tan enorme que ha sido muy difícil sustraerse a su influencia”[19].

Aunque hasta tiempos recientes no había opiniones discrepantes en lo que se refiere al desplazamiento de los vascones hacia el norte, al otro lado de los Pirineos, hacia Aquitania[20], en los últimos años también se cuestiona esa explicación histórica. Tanto en lo que se refiere a los movimientos de los vascones hacia el norte y el oeste como al origen histórico del euskera y su desplazamiento, se ha abierto un nuevo e incipiente debate en que se discuten cuestiones relevantes como la idea de un nuevo punto geográfico de origen del euskera en los valles pirenaicos o la insistencia acerca de la “euskaldunización tardía” de las Vascongadas e incluso de Navarra, discusión en la que no solo toman parte historiadores y arqueólogos, sino también epigrafistas, filólogos y vascólogos, con aportaciones y posiciones muy controvertidas[21].

III FUENTES

Dada la escasísima existencia de fuentes documentales, resulta imprescindible acudir a la búsqueda de otro tipo de fuentes además de las documentales, como son las inscripciones, los relatos de los geógrafos clásicos, los hallazgos arqueológicos, la epigrafía y la toponimia, que nos permitan acercarnos a una época de la historia de los territorios vascos y lograr nuevas aportaciones.

 

[1] OIHENART, Arnaldo, Notitia utriusque Vasconiae, op. cit., libro primero, capítulo VI, págs. 129 y 130.

[2] SCHULTEN, Adolf, “Las referencias sobre los vascones”, Revista Internacional de Estudios Vascos, 1923, págs. 225 a 240.

[3] Y añade: “Dichos límites subsisten todavía en Ptolomeo” (SCHULTEN, Adolf, “Las referencias…, op. cit., págs. 239 y 240).

[4] Por lo que se refiere a Bizkaia y gran parte de Gipuzkoa actuales la afirmación debe ser calificada como mera conjetura.

[5] Tampoco aquí aporta ninguna prueba.

[6] SÁNCHEZ-ALBORNOZ, Claudio, “Los vascones vasconizan la depresión vasca”, Vascos y navarros en su primera historia, op. cit., págs. 72 a 78. Lo mismo aparece en Orígenes de la Nación Española. “Estudios críticos sobre la historia del reino de Asturias”, I, Oviedo, 1972, págs. 101 a 106, y en Orígenes de la Nación española. El Reino de Asturias, obra resumen o antología de la anterior, op. cit., pág. 38 y sigs.

[7] SÁNCHEZ-ALBORNOZ, Claudio, Orígenes de la Nación Española…, op. cit., pág. 38. Sánchez-Albornoz no dice a qué filólogo se refiere, cuando afirma como probable el origen celta de la palabra “vascón”, e identifica su significado como “los orgullosos”, o los de “las alturas”. Surge una duda: o para el filólogo anónimo y para Sánchez-Albornoz los celtas hablaban vascuence (euskera) o, de no ser así, no da pruebas del origen celta de la palabra, ni rebate argumentalmente lo que se manifiesta en el Diccionario de la Academia y es defendido por muchos escritores y filólogos, esto es, su procedencia de la palabra vasca “baso” (monte, bosque) y del sufijo euskérico “ko” (de, procedencia).

[8] SÁNCHEZ-ALBORNOZ, Claudio, Orígenes de la Nación Española…, op. cit., pág. 36.

[9] SÁNCHEZ-ALBORNOZ, Claudio, Orígenes de la Nación Española…, op. cit., pág. 36.

[10] SÁNCHEZ-ALBORNOZ, Claudio, Orígenes de la Nación Española…, op. cit., pág. 60.

[11] SÁNCHEZ-ALBORNOZ, Claudio, Orígenes de la Nación Española…, op. cit., pág. 60.

[12] BOSCH GIMPERA, P., “Los celtas y el País Vasco”, RIEV, 1932, 23-3, pág. 463.

[13] CARO BAROJA, Julio, Los pueblos del norte de la Península Ibérica, pág. 77 y sigs.

[14] MAÑARICUA, “¿Vasconización de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya?”, en Vizcaya, siglos VIII al XI…, op. cit., págs. 25 a 37.

[15] Dentro de la frase de la Crónica de Alfonso III figura “Bardulies qui nunc uocitatur Castella” (las Bardulias que ahora se llaman Castilla). Ya en 1948, Ramos Loscertales mantuvo que jamás Castilla se llamó Bardulies y que nos encontramos simplemente ante “un desafortunado rasgo de erudición del autor de la Crónica” [RAMOS LOSCERTALES, J.M., “Los jueces de Castilla”, en Cuadernos de Historia de España, 10, 1948, 85 (cfr. MAÑARICUA, Vizcaya, siglos VIII al XI…, op. cit., págs. 28 y 29)], consideración que rechaza Sánchez Albornoz, aunque acepta Mañaricua (MAÑARICUA, Vizcaya, siglos VIII al XI…, op. cit., pág. 29).

[16] Las conclusiones de Mañaricua son muy claras: “1ª No puede pretenderse que las fronteras de los vascones hubieran permanecido inalteradas a lo largo de los siglos. Ciertamente se dieron variaciones; 2ª No se ha probado una expansión de los vascones a expensas de los várdulos y caristios tras de la caída del imperio romano. No hay base para admitir que, presionados los várdulos por los vascones, arrastraron consigo a los caristios hacia el suroeste; 3ª La extensión del nombre de vascones a tierras várdulas y caristias no implica necesariamente expansión y dominio político, aunque bien pudo ir acompañada y aun causada por modificaciones del estado político y militar, y 4ª No hay ningún fundamento para ver en una supuesta invasión vascona del siglo V el origen del euskera en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya. En otras palabras: no se puede hablar de que los vascones vasconizaran la depresión vasca” (MAÑARICUA, “¿Vasconización de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya?”, en Vizcaya, siglos VIII al XI…, op. cit., pág. 37).

[17] Apunta como una de las razones la “mayor fortaleza y prestigio del pueblo vascón”, en línea con lo argumentado por Bosch Gimpera (GARCÍA DE CORTÁZAR, José Ángel, Vizcaya en la Alta Edad Media, colección temas vizcaínos, año IX, núm. 105, editada por la Caja de Ahorros Vizcaína, septiembre, 1983, pág. 10); véase también GARCÍA DE CORTÁZAR, “Del Cantábrico al Duero”, en Organización social del espacio en la España medieval. La Corona de Castilla en los siglos VIII a XV (coord.), Ariel, Barcelona, 1985; en este trabajo habla de las posibles variadas y contrapuestas razones sobre la falta de acuerdo sobre localización de los “viejos étnicos” (Schulten y Sánchez-Albornoz de un lado, con su tesis del desplazamiento hacia el oeste de los vascones, y Caro Baroja y Mitxelena del otro, para quienes las formas dialectales del euskera dejaría sin sentido una “presunta vasconización de la depresión vasca”), razones que García de Cortázar esquematiza: “desplazamientos generales de los antiguos pueblos; simples desbordamientos parciales de su antiguo solar por cambios en sus dedicaciones económicas, o, más simplemente todavía, a deficiencias y confusiones de ubicación por parte de los primeros cronistas asturianos, que tienen ante sí, durante el siglo IX, una realidad algo distinta a la constatada por los romanos” (GARCÍA DE CORTÁZAR, ”Del Cantábrico al Duero”, Organización social del espacio en la España medieval……, op. cit., pág. 47); esta última explicación se asemeja a la dada por Bosch Gimpera.

[18] BARBERO, Abilio y VIGIL, Marcelo, “Sobre los orígenes sociales de la Reconquista”, págs. 7 a 72, Visigodos, cántabros y vascones en los orígenes sociales de la Reconquista, op. cit., pág. 41.

[19] BESGA MARROQUÍN, Armando, “El concepto de vascón en las fuentes durante los siglos VI-IX”, Letras de Deusto, vol. 23, núm. 61, 1993, págs. 58 a 68.

[20] Véase SANCHEZ ALBORNOZ, C. “Los vascones vasconizan la depresión vasca”, Vascos y navarros en su primera Historia, op. cit.; BARBERO, A., y VIGIL M., “Sobre los orígenes sociales de la Reconquista: cántabros y vascones desde fines del Imperio romano hasta la invasión musulmana”, en Visigodos, cántabros y vascones en los orígenes sociales de la Reconquista, op. cit.

[21] La televisión vasca emitió recientemente una serie documental titulada “Una historia de Vasconia: euskaldunización tardía”, en la que, según la propia ETB, “el documental mantiene la tesis de que antes del siglo VI en la Vasconia occidental no se hablaba euskera y afirma que a partir de esa época el euskera se consolidó en el entorno de la ciudad de Pamplona, procedente de los valles pirenaicos, desde donde se extendió por todo el territorio de Vasconia”. A juicio de la directora general de EITB, Maite Iturbe, “la teoría que presenta el documental sobre el euskera no está muy extendida, pero investigadores de diferentes campos han puesto sobre la mesa importantes descubrimientos y reflexiones. Este trabajo divulgativo es una aportación que contribuye a enriquecer el debate científico”. Sobre esta controversia véase ALTUNA ENZUNZA, Aitzol, Desmontando la vasconización tardía, libro elaborado por Amazon.com Columbia, SC, 30 de marzo de 2017, en el que el autor se opone a la tesis de la vasconización o euskaldunización tardía. Sobre esta cuestión volveré a en el apartado 11.2 al hablar de la historiografía lingüística en relación con el euskera.

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Principios del siglo XIX. Tras la publicación de las Noticias históricas de las tres provincias Vascongadas  del canónigo Juan Antonio Llorente en 1806 y 1807 (4 tomos), con el objetivo de preparar y fundamentar la abolición de los fueros vascos por parte del gobierno de Godoy, se encendieron todas las alarmas en el País Vasco, pues parecía inminente la abolición.

En el caso de Bizkaia, desengañados de la actuación e intenciones del gobierno de Madrid, las autoridades forales se pusieron a escrutar a intelectuales e historiadores que pudieran impugnar los argumentos histórico-jurídicos de Llorente y justificar la validez y calidad de los fueros. Se fijaron en Francisco Aranguren y Sobrado, consultor perpetuo del Señorío; Colón de Larreategui, antiguo corregidor, y en el benedictino fray Domingo de Lerín y Clavijo (que no era vizcaíno como lo creyeron todos los historiadores, incluido Mañaricua, sino que había nacido en Cádiz). Colón de Larreategui se excusó.

Aranguren y Sobrado, tras vencer obstáculos administrativos, logró publicar en 1807 su obra, Demostración del sentido verdadero de las autoridades de que se vale el doctor don Juan Antonio Llorente, réplica al primer tomo de Llorente, quien a su vez contestó a Aranguren, con un quinto tomo de sus Noticias históricas, publicado en 1808, que quedó sin respuesta porque tanto Aranguren como Lerín fallecieron dicho año.

Por otra parte, los diputados generales dirigieron una carta al benedictino fray Domingo de Lerín el 30 de junio de 1807, en la que le solicitaban su colaboración para defender los fueros que estaban siendo atacados, “con la envidia disfrazada con los intereses de la felicidad común”. Lerín, benedictino en San Millán de la Cogolla, contestó no solo que aceptaba el encargo sino que, además, sospechando que se le iba a llamar, había adelantado parte del trabajo con diversas notas.
Lerín también mantuvo correspondencia con Aranguren. En carta de 22 de abril le animaba a que publicara su segundo tomo:

“No dudo que ya no será necesario ventilar los fueros en juicio; los que quedarán comprobados en el hecho de jurarlos nuestro amado monarca y se lo recelará nuestro antagonista (LLorente) y acaso vistas las cosas mudadas se detendrá en publicar el cuarto tomo, que hace cinco meses ofreció; por lo mismo soy de parecer que urge diese Vd. cuanto antes al público su segundo tomo , para satisfacción de este que ha leído la obra de Llorente y también para hacerle vomitar todo cuanto tiene recogido y podamos saber de una vez el repuesto general de sus armas. Téngolo por muy conveniente” .

Poco antes, Lerín había expresado a Aranguren su confianza en que

“si el señor Jovellanos lee con reflexión cuanto hay escrito, y puede aumentarse, contra lo escrito por Llorente, no dudo mude de dictamen”.

Los hechos no dieron la razón a Lerín, porque no se conoce que Jovellanos “mudara de dictamen”, sino mas bien al contrario.
El benedictino añadía que:

“… si yo fuese un hombre que pudiese disponer de mi persona, con el acceso que puedo prometerme de dicho señor (pues hay motivos) yo le haría ver con razones y con mis mamotretos o papeles lo contrario; pero amigo, soy un pobre religioso colocado en un rincón y sin libertad para el caso” .

Lerín mostraba optimismo en el éxito de la respuesta a Llorente, pues disponía de información abundante y criterio sólido, pero también reconocía sus limitaciones y sus miedos.

Lerín hizo su trabajo y, supuestamente, entregó el original a los rectores de la Diputación Foral. Sin embargo, el hecho es que dicho documento no aparece a día de hoy en los archivos forales. El ilustre historiador Andrés de Mañaricua lo desconocía el año 1975 como lo reconoce explícitamente en su principal obra, Historiografía de Vizcaya.
Además, al no poderse leer lo escrito por Lerín, surgió la duda, extendida entre os historiadores, de que Aranguren pudo haber plagiado a Lerín. Uno de los que lo sospechó fue Arguinzoniz, como se verá a continuación.

II

Antonio M. de Arguinzoniz (1844-1891) quiso dar a conocer y popularizar la figura de Lerín. Había comentado a su amigo, el historiador Carmelo Echegaray, que:

“tenía el propósito de dar a luz unos apuntes críticos escritos por Lerín, en contra de Llorente y sus impugnadores, con el principal objetivo de dar a conocer al benedictino Lerín, quien, por encargo de la diputación de Vizcaya, escribió cuatro cuadernos, que sirvieron al consultor Aranguren para su obra”.

Dolía a Arguinzoniz que “el nombre de fray Domingo de Lerín yaciera sepultado en profundo olvido”.
Con estas palabras dichas a Echegaray, Arguinzoniz sembró la duda, pues podría pensarse que Aranguren había utilizado los trabajos de Lerín sin citar la procedencia, o dicho de otra manera, parecía que Arguinzoniz acusaba de plagio a Aranguren.
Una cosa es que Aranguren y Lerín tuvieran relación, lo que es obvio, porque ambos habían recibido el encargo de la Diputación para impugnar las tesis de Llorente y se carteaban, como se ha visto, pero otra bien distinta es la acusación de plagio.

En sus confidencias a Echegaray, Arguinzoniz da una explicación que podría justificar el oscuro papel de Lerín. Según Echegaray, debido a “causas que honraban su delicadeza moral y que no me parece discreto revelar, le habían detenido (a Arguinzoniz) en su afán de popularizar la figura de un hombre, a quien todos los euskaldunas somos deudores de sincera gratitud” . Dicho con más claridad, que “Aranguren no citó al hasta hoy casi ignorado religioso por expresa voluntad de este que, sin duda, temía las iras de Godoy”.

Fidel de Sagarminaga niega la existencia de plagio, al menos por lo que se refiere al primer volumen de Aranguren, pues constata que “la cooperación del padre Lerín no pudo ser utilizada por Aranguren en el primer tomo que publicó en Madrid en 1807, según se acredita por el memorial que este dirigió al Señorío desde Madrid el 13 de agosto de dicho año 1807, acompañando doscientos ejemplares de su primer tomo”.

Mañaricua sigue la tesis de Sagarminaga, aunque, con prudencia, agrega:

“Aranguren y Lerín mantuvieron correspondencia y solamente cuando se hallen los papeles del padre Lerín podremos ver si dependen de ellos los escritos de Aranguren” .

Afortunadamente, recientemente se ha podido localizar una copia de los «papeles de Lerín» en el archivo de San Millán de la Cogolla. Previa transcripción, se editó un libro en el año 2015 por parte de las Juntas Generales de Bizkaia.

De ahí que ahora ya se pueda conocer y examinar lo que escribió el benedictino gaditano, con la aclaración de que el libro proviene de una copia de los textos de Lerín, al no poderse conocerse el original, desaparecido.

Acerca de Lerín, su currículo y sus trabajos, me referiré en otra entrada.

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El canónigo Juan Antonio Llorente (Rincón de Soto, 1756, Madrid, 1823) fue el autor intelectual que sirvió de base al poder para la abolición de los fueros vascos. Está acreditado.

Uno de los documentos fundamentales de que se sirvió para argumentar la no soberanía de Bizkaia, sino su subordinación a otros territorios (Asturias, León, Castilla, Navarra…), es este de 30 de enero de 1051, del rey don García de Nájera:

IMG_0620 (2)Si lo acercamos un poco más, aunque está escrito en latín, se puede leer.

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El documento transcrito está en el archivo catedralicio y diocesano de la catedral de Calahorra (la foto la hice en la sala de lectura), precisamente en el archivo del que Llorente fue responsable varios años a finales del siglo XVIII, por lo que las interpolaciones que hizo al documento no tienen justificación alguna. Veamos:

  1. No es un documento original, sino una copia, admitido hoy por la generalidad de historiadores y expertos. Llorente lo consideró simuladamente como original en sus tomos I y II, pero finalmente tuvo que reconocer que se trata de una copia escrita a finales del siglo XII o siglo XIII.
  2. En el documento, refiriéndose al señor de Bizkaia, figura: «qui est dux» (2ª línea). Llorente lo manipula de manera arbitraria, sin explicación y escribe: «qui est rector«, con lo que minimiza la categoría de Iñigo López.
  3. En el documento, refiriéndose a las costumbres de la época se puede leer «quod usualem habebant» (4ª línea). Aquí también y de forma arbitraria, Llorente modifica y escribe en su lugar «malo foro«, expresión que no figura en ningún sitio, pero que le servía para demostrar, supuestamente, que se trataba de un fuero dado a Bizkaia por alguien ajeno al señorío, lo que, a su juicio, evidenciaba la falta de soberanía de Bizkaia.
  4. Hoy se debate sobre la autenticidad o falsedad del documento. Algunos (entre otros, Fortún Pérez de Ciriza) lo consideran falso; otros (Juan José Larrea) entienden que es una copia de documento auténtico.

Demasiadas irregularidades e incertidumbres para basarse en el documento para acreditar la no soberanía de Bizkaia.

En el libro que he escrito como consecuencia  de la tesis doctoral que leí en la Universidad de Valladolid el pasado 22 de junio, que espero pueda publicarse próximamente, se aportan y explican, con más detalle y fundamentos, este y otros documentos que Llorente interpoló en sus «Noticias históricas de las tres provincias Vascongadas«.

 

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La investigación defendí el 22 de junio de 2017 en la Facultad de Filosofía y Letras y el Instituto de Simancas de la Universidad de Valladolid ante el Tribunal compuesto por el doctor José María Monsalvo Antón, catedrático de Historia Medieval en la Universidad de Salamanca, en calidad de presidente; el doctor Juan Carlos Martín Cea, profesor titular de Historia Medieval en la Universidad de Valladolid, secretario, y la doctora María Luz Ríos Rodríguez, profesora titular de Historia Medieval en la Universidad de Santiago de Compostela, vocal.

Fui dirigido por la doctora María Isabel del Val Valdivieso, catedrática de Historia Medieval de la Universidad de Valladolid y presidenta de la Sociedad Española de Estudios Medievales (SEEM). El trabajo mereció la calificación de sobresaliente cum laude por unanimidad.

El trabajo está centrado en el análisis de la controversia que enfrentó a principios del siglo XIX a Llorente, Aranguren y Lerín sobre las características de la relación jurídico-política del señorío de Bizkaia con la corona de Castilla durante la Edad Media y el origen y naturaleza jurídica de los fueros vascos.

Sigue el orden metodológico establecido por Llorente, de manera que la primera parte versará sobre lo que él llama “estado civil antiguo”, la segunda, “origen de los fueros” y la tercera, “apéndices documentales”. Se inicia con una introducción en la que se presenta el contexto general en el que surge la disputa que protagonizaron los tres historiadores. En un primer capítulo se exponen algunas cuestiones generales sobre la historia del territorio vasco en la antigüedad, mientras que el segundo está dedicado a los “papeles de Lerín”. A continuación, en la primera parte se analiza la polémica centrada en el tomo I de la obra de Llorente sobre características de la historia de Bizkaia en la Edad Media. La segunda abarca la cuestión de la naturaleza del régimen foral medieval. Y la tercera se centra en el apéndice documental con el que Llorente cierra su obra. Se concluye con la presentación de las conclusiones y el listado de fuentes y bibliografía.

La investigación pone en comparación, de modo crítico, lo defendido por Llorente, publicado todo ello en los años 1806 y 1808, y la impugnación de Aranguren y Lerín. No es una historia general de Bizkaia ni se pretende ejercer de árbitro en las posiciones divergentes. Se trata de un debate dialéctico desigual en la medida en que Llorente dedicó varios años a elaborar su tesis mientras que tanto Aranguren como Lerín dispusieron de poco más de un año para responder a los primeros tomos de Llorente y, por fallecimiento de ambos, no llegaron a conocer ni, por tanto, pudieron dar su réplica al tomo V de Llorente.

Además de analizar la disputa mencionada, también se pretende aclarar si se dio o no el supuesto plagio por parte de Aranguren a Lerín, sospecha esbozada por varios historiadores, principalmente Arguinzoniz y Delmas, que recogió también Mañaricua, quien decía:

“cuando se hallen los papeles de Lerín podremos ver si dependen de ellos los escritos de Aranguren” .

Aunque se trata de una materia sobradamente conocida en el mundo universitario y académico, a través de las numerosas publicaciones de diferentes autores, la edición de la segunda parte de los trabajos de Aranguren en 1994, y, sobre todo, la aparición de los “papeles” de Lerín y la edición de un libro con su contenido en el año 2015, han suscitado un interés nuevo en la materia para comprobar en qué medida contribuyen al debate con argumentos nuevos o si lo que dicen ya nos era conocido a través de fuentes documentales o de otra naturaleza. El hecho de haberse conocido recientemente lo escrito por Lerín confiere a este trabajo una oportunidad extraordinaria para plantear cuestiones nuevas que puedan servir para posteriores estudios y análisis.

Si bien las tesis defendidas por Llorente son de imposible conciliación con las de Aranguren y Lerín, y viceversa, afortunadamente cada día son más los historiadores y expertos en Historia Medieval y en Historia del Derecho que no adoptan juicios de valor tan polarizados y en algunas cuestiones manifiestan posiciones cercanas a uno u otro y en otras mantienen enfoques propios, sin asumir plenamente uno de los dos puntos de vista.
En nuestro caso, el debate historiográfico estará centrado en la opinión de los tres escritores, acompañado, cuando proceda, de opiniones de otros historiadores y geógrafos, sustancialmente clásicos, a fin de comprender la situación de Bizkaia en la Edad Media, sin alejarnos de cómo se entendía a fines del siglo XVIII y comienzos del XIX.
Para la investigación se utiliza bibliografía y fuentes documentales que aparecen en el apartado correspondiente. También se han tenido en cuenta en ocasiones las fuentes arqueológicas. A lo largo del trabajo se van exponiendo las opiniones de cada uno de los historiadores, que aparecen debidamente destacadas y referenciadas.

A PORTADA OFICIAL

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Mitxel Unzueta Uzkanga, exsenador autonómico del período constituyente y expresidente de la Comisión de Bizkaia de la Sociedad Bascongada de los Amigos del País (RSBAP), apostilla la nota de Ortiz de Arratia en relación con la defensa de mi tesis doctoral sobre la historia de Bizkaia, y manifiesta lo siguiente:

 

«Amigo Mikel, me han gustado tus reflexiones sobre la hazaña de José Mari Gorordo obteniendo el tercer título de Doctor con las calificaciones que expresas.
A tus observaciones, por mi parte, añado otra. Creo que en el momento que se publique la tesis de José Mari, se puede decir que cambia la historiografía de Bizkaia en el período a que se refiere dicha tesis. Toda la polémica política que se organizó en el XIX para justificar la abolición foral, ha estado basada en las tesis del canónigo Llorente, desvirtuando el contenido y significado de los fueros. De alguna forma se puede decir que la tesis de José Mari Gorordo ha derribado la piedra angular que sostenía el arco de argumentaciones con las que se ha pretendido justificar dicha abolición. Creo que todos le debemos estar agradecidos a  José Mari, aunque no sea más por el hecho  de descubrir las falsedades del canónigo Llorente. Mitxel Unzueta»

 

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